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Servicios públicos con transparencia y legalidad

Playa del Carmen, Solidaridad, a 23 de diciembre del 2021.-

Con estricto apego a la ley, el gobierno de Solidaridad, formalizó la contratación de la empresa Electrotaller Industrial y Comercial El Rural S.A. de C. V. Con experiencia en el rubro de servicios públicos, con el fin de contribuir a resolver la emergencia sanitaria que generó la administración anterior, por la escasez y mal estado en que se encontraban los camiones recolectores de basura.

A esto, se suma la optimización de la inversión en el uso de los camiones recolectores, puesto que, durante la administración anterior el Ayuntamiento erogó 11 millones de pesos mensuales, lo que se contrasta notablemente con lo propuesto actualmente a menor costo por más unidades y mayores beneficios.

Dicho documento tiene como razón, el “Servicio Integral de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos con 30 unidades recolectoras y compactadoras, así como mantenimiento preventivo, correctivo de 35 camiones recolectores propiedad del municipio de Solidaridad Quintana Roo”, para la empresa Electrotaller Industrial y Comercial El Rural S.A. de C. V.

Además señala que dicho contrato se encargará no solo del arrendamiento de dichas unidades, sino también de pagar el importe total de los derechos, impuestos y demás obligaciones que se encuentren en vigor, o que en el futuro pudieran establecerse, así como los ajustes que por dichos conceptos sufran con motivo de la adquisición, posesión, tenencia, emplacamiento, o refrendo de placas, propiedad, uso o funcionamiento de los bienes, los cuales se rigen en razón del contrato.

Asimismo, tomando en cuenta el mal estado en que se encontraban las unidades de recolección de basura, de las cuales solo 8 estaban en funcionamiento al iniciar la presente administración, fue de suma importancia hacer uso de esa cláusula normativa, el cual se apega en todo momento a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del Estado de Quintana Roo, tal como lo indica el artículo 33, fracción VI:

“Cuando peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el medio ambiente de alguna zona o región del Estado, como consecuencia de desastres producidos por fenómenos naturales; por casos fortuitos o fuerza mayor, o existan circunstancias que puedan provocar pérdidas o costos adicionales importantes”.

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